miércoles, 27 de enero de 2021

ALTAS CAPACIDADES.

Según el Decreto 228/2014 por el que se regula la respuesta educativa  a la diversidad del alumnado  en la Comunidad Autónoma de Extremadura, se considera alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo por altas capacidades intelectuales aquel cuya evaluación psicopedagógica determine que dispone de una capacidad intelectual superior a la media con evidencia de una elevada productividad, un alto nivel de creatividad y un alto grado de dedicación a las tareas.


En las siguientes Guías encontraremos protocolos e instrumentos para la detección y evaluación de este alumnado.

La normativa que regula la respuesta educativa a este alumnado hasta el momento actual en nuestra comunidad es :

-Orden de 27 de Febrero de 2004, por la que se regula el procedimiento para orientar la respuesta educativa a los alumnos superdotados intelectualmente.


-Decreto 228/2014 por el que se regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado en la C. A. de Extremadura.


-Instrucción 2/2015 de la S.G.E. por la que se concretan  determinados aspectos de atención a la diversidad según lo establecido en el Decreto 228/ 2014, de 14 de Octubre, por el que se regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado en la C. A. de Extremadura. 


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